Firmado el 19 de diciembre de 2008, el protocolo se elaboró conforme al Memorándum de Entendimiento de Cooperación en Materias Sanitarias y Fitosanitarias entre ambas instituciones para permitir una segura exportación de cítricos de Perú a China, basándose en análisis de riesgo de plagas y consultas mutuas.
Artículos del Protocolo Fitosanitario para la Exportación de cítricos de Perú a China
Este protocolo fitosanitario para la exportación de cítricos de Perú a China, se establece entre la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena de la República Popular China (AQSIQ) y el Ministerio de Agricultura de la República del Perú a través del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA).
Artículo 1: Especies autorizadas y tratamientos
- Especies permitidas: Toronja (Citrus paradisi), mandarina o tangerina (Citrus reticulata) y sus híbridos, naranja (Citrus sinensis), limón sutil (Citrus aurantiifolia) y limón tahití (Citrus latifolia).
- Requisitos fitosanitarios: Los cítricos deben cumplir las leyes de China y Perú y estar libres de plagas cuarentenarias chinas:
- Anastrepha distincta
- Anastrepha fraterculus
- Anastrepha obliqua
- Anastrepha serpentina
- Ceratitis capitata
- Coccus viridis
- Dysmicoccus brevipes
- Ferrisia virgata
- Pantomorus cervinus
- Phenacoccus madeirensis
- Pinnaspis aspidistrae
- Selenaspidus articulatus
- Moscas de la fruta: Deben proceder de áreas libres de Ceratitis capitata y el complejo Anastrepha, o someterse a tratamiento de frío en tránsito.
Esquema de tratamiento de frío en la exportación de cítricos:
| Rango de temperatura | Tiempo de exposición en días |
|---|---|
| 1.11 °C o menos | 15 |
| 1.67 °C o menos | 17 |
- Excepciones: El tratamiento en frío no aplica para C. aurantiifolia y C. latifolia, los cuales se cosecharán verdes.
Procedimientos operativos de Tratamiento en Frío
Equipamiento y calibración
La exportación de cítricos a China requiere contenedores marítimos auto refrigerados capaces de mantener temperaturas requeridas.
- Sensores: Deben calibrarse a ±0.1 °C en el rango de ±3.0 °C.
- Cualquier sensor que registre más de ±0.3 °C a 0 °C debe ser sustituido.
Ubicación de sensores
Se requieren al menos 3 sensores de fruta y 2 de aire por contenedor:
- Sensor 1: En la pulpa de la fruta, capa superior de la fila media, parte frontal.
- Sensor 2: A 1.5 m de la puerta (40 pies) o 1 m (20 pies), centro de la carga.
- Sensor 3: A 1.5 m de la puerta (40 pies) o 1 m (20 pies), pared izquierda.
Carga y precintado
- La fruta debe estar pre-enfriada hasta que la pulpa alcance un máximo de 2 °C.
- Los contenedores deben pre-enfriarse por al menos 30 minutos.
- Un precinto numerado será colocado por el oficial autorizado y removido solo por AQSIQ en China.

Artículo 2: Monitoreo y registro
SENASA supervisará el monitoreo y manejo integrado de plagas (MIP) en lugares de producción y empacadoras. Tanto los huertos como las empacadoras deben estar registrados por SENASA y aprobados conjuntamente por AQSIQ.
Artículo 3: Áreas libres de moscas
SENASA establecerá sistemas de monitoreo con trampas Jackson (trimedlure) y trampas McPhail (proteína hidrolizada), inspeccionadas cada 7 días.
Artículo 4: Procesamiento y poscosecha
- No se permite mezclar fruta de huertos registrados con no registrados.
- Pasos obligatorios: Inmersión o aspersión con agua clorada, cepillado, tratamiento con fungicida, encerado, selección y empaque. La fruta debe estar libre de hojas, tallos y suelo.
Artículo 5: Embalaje y marcado
- Cajas limpias y de primer uso.
- Marcado en inglés: Departamento de producción, nombre/número de registro del huerto, nombre/número de registro de la empacadora y la frase: «Exported from Peru to R. P. China».
Artículo 6: Almacenamiento
Uso exclusivo para cítricos frescos con resguardo y seguridad establecidos por SENASA.
Artículo 7: Tratamiento en tránsito
Para áreas no libres de moscas, el tratamiento se realizará en contenedores auto refrigerados.
Artículo 8: Inspección y verificación
- Muestreo: 2% durante los primeros dos años; luego se reduce al 1% si no hay problemas.
- Declaración adicional en el Certificado Fitosanitario (en inglés): «The consignment is in compliance with requirements described in the Protocol of phytosanitary requirements for the export of citrus from Peru to China and is free from quarantine pests of concern to China».
Artículos 9 y 10: Incumplimientos y arribo
- Detección de plagas vivas resultará en el rechazo del cargamento.
- Si se detecta Ceratitis capitata o Anastrepha en áreas libres o tratamientos de frío, dichos programas serán suspendidos automáticamente.
Artículos 11 y 12: Vigencia y verificación
- AQSIQ puede enviar inspectores a Perú para verificación en origen; los gastos corren por cuenta de Perú.
- Vigencia: 2 años desde la firma, prorrogables automáticamente por períodos iguales.
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